¿Qué IVA tienen las verduras y hortalizas en España?
Las verduras y hortalizas frescas tributan en España al 4% de IVA superreducido.
Calculadora de IVA: Verduras y hortalizas en España (4%)
Calculadora preconfigurada al 4% de IVA con un ejemplo de 1,90 € (puedes cambiar el importe o elegir «Quitar IVA»):
Explicación fiscal y encuadre legal
Tomates, lechugas, cebollas, pimientos, zanahorias, calabacines y el conjunto de hortalizas y verduras frescas gozan del tipo del 4% superreducido de conformidad con el artículo 91.Dos.1.1º de la Ley del IVA.
En el desglose de un ticket o factura en España por las verduras y hortalizas sobre un importe neto de referencia de 1,90 €, la cuota tributaria del 4% equivale exactamente a 0,08 €, situando el precio final con IVA incluido en 1,98 € conforme a lo dispuesto en: Ley 37/1992 del IVA, artículo 91.Dos.1.1º.
Comparativa fiscal con consultas relacionadas de iva de productos
Para evitar errores al clasificar las verduras y hortalizas (4% superreducido), conviene contrastar su tratamiento en la Ley del IVA frente a otros conceptos próximos:
- El Aceite de Girasol: tributa al 10% (Reducido) — El aceite de girasol y otros aceites de semillas tributan al 10% de IVA reducido en España.
- Las Conservas de Pescado: tributa al 10% (Reducido) — Las latas de atún, sardinas, mejillones y conservas de pescado tributan al 10% de IVA reducido.
- Los Huevos: tributa al 4% (Superreducido) — Los huevos de gallina y otras aves destinados al consumo humano tributan al 4% de IVA superreducido en España como alimento de primera necesidad según la Ley del IVA.
Casos especiales y excepciones
Las verduras cocinadas o los botes de conservas vegetales tributan al tipo reducido general del 10%.
Aplicación en Canarias, Ceuta y Melilla: Mientras que en la Península e Islas Baleares las verduras y hortalizas aplica el 4% de IVA, en Canarias no rige el IVA sino el IGIC (tipo cero (0%) en el IGIC canario para bienes de primera necesidad y exenciones), y en Ceuta y Melilla se liquida el IPSI según ordenanza local.
Ejemplos prácticos de cálculo
A continuación tienes 3 ejemplos prácticos calculados para las verduras y hortalizas aplicando el 4% de IVA (superreducido):
- 1. Añadir el 4% a un importe neto habitual (1,90 €): Si el precio sin IVA es de 1,90 €, sumamos 0,08 € de IVA (4%) y obtenemos un precio final de 1,98 €.
- 2. Compra o facturación múltiple (9,50 € sin IVA): Sobre una base imponible de 9,50 €, la cuota de IVA asciende a +0,38 €, dando un total de 9,88 €.
- 3. Quitar/desglosar el 4% desde un precio final de 3,80 € (IVA incluido): Dividiendo 3,80 € entre 1.04 obtenemos una base imponible de 3,65 € y un IVA incluido de 0,15 €.
Tabla de desglose para importes habituales
A continuación se muestra una tabla con importes representativos aplicando el 4% de IVA:
| Base imponible (sin IVA) | Tipo aplicable | Cuota de IVA | Precio total (con IVA) |
|---|---|---|---|
| 0,19 € | 4% | +0,01 € | 0,20 € |
| 0,38 € | 4% | +0,02 € | 0,40 € |
| 0,95 € | 4% | +0,04 € | 0,99 € |
| 1,90 € | 4% | +0,08 € | 1,98 € |
| 3,80 € | 4% | +0,15 € | 3,95 € |
| 9,50 € | 4% | +0,38 € | 9,88 € |
| 19,00 € | 4% | +0,76 € | 19,76 € |
Cómo calcular el 4% de IVA paso a paso
Para aplicar este tipo impositivo a cualquier importe neto:
Por ejemplo, para una base de 1,90 €: 1,90 × 1.04 = 1,98 €.
Cómo quitar o desglosar el 4% de IVA de un precio final
Si ya conoces el precio con IVA incluido y deseas conocer la base antes de impuestos, no debes restar el porcentaje directamente. Debes dividir el total entre uno más el tipo:
Para un precio final de 1,98 €: 1,98 ÷ 1.04 = 1,90 € (IVA correspondiente: 0,08 €).
Preguntas frecuentes sobre el IVA de este producto o servicio
¿Las ensaladas en bolsa de cuarta gama tributan al 4%?
Sí, las verduras lavadas y envasadas listas para consumir tributan al 4% al ser hortalizas frescas.
¿Cómo quitar el 4% de IVA de las verduras y hortalizas si el precio ya tiene IVA incluido?
No debes restar el 4% directamente. Divide el precio final con IVA entre 1.04. Por ejemplo, para un importe de 1,98 € IVA incluido en las verduras y hortalizas, la base sin IVA es 1,90 € (1,98 € ÷ 1.04) y el IVA es 0,08 €.
¿Qué artículo de la Ley regula el IVA de las verduras y hortalizas en España?
El tratamiento tributario de las verduras y hortalizas (4% superreducido) está regulado en: Ley 37/1992 del IVA, artículo 91.Dos.1.1º.
Fuentes oficiales y normativa tributaria
Información contrastada con organismos oficiales y legislación tributaria estatal: