¿Qué IVA tiene el arroz en España?
El arroz blanco o integral de mesa tributa al 4% de IVA superreducido en España.
Calculadora de IVA: Arroz en España (4%)
Calculadora preconfigurada al 4% de IVA con un ejemplo de 1,35 € (puedes cambiar el importe o elegir «Quitar IVA»):
Explicación fiscal y encuadre legal
El grano de arroz de cualquier variedad (bomba, redondo, largo, basmati, integral) para consumo alimentario humano está protegido bajo el régimen de alimentos de primera necesidad en el artículo 91.Dos.1.1º de la Ley del IVA, gravado con el 4%.
En el desglose de un ticket o factura en España por el arroz sobre un importe neto de referencia de 1,35 €, la cuota tributaria del 4% equivale exactamente a 0,05 €, situando el precio final con IVA incluido en 1,40 € conforme a lo dispuesto en: Ley 37/1992 del IVA, artículo 91.Dos.1.1º.
Comparativa fiscal con consultas relacionadas de iva de productos
Para evitar errores al clasificar el arroz (4% superreducido), conviene contrastar su tratamiento en la Ley del IVA frente a otros conceptos próximos:
- Las Conservas Vegetales: tributa al 10% (Reducido) — Las conservas de tomate, espárragos, alcachofas y maíz tributan al 10% de IVA reducido.
- Los Cereales de Desayuno: tributa al 10% (Reducido) — Los copos de avena, cereales de trigo y maíz para desayuno tributan al 10% de IVA reducido.
- Los Huevos: tributa al 4% (Superreducido) — Los huevos de gallina y otras aves destinados al consumo humano tributan al 4% de IVA superreducido en España como alimento de primera necesidad según la Ley del IVA.
Casos especiales y excepciones
Los platos de arroz cocinado listos para microondas o vasitos de arroz preparado tributan al 10% reducido.
Aplicación en Canarias, Ceuta y Melilla: Mientras que en la Península e Islas Baleares el arroz aplica el 4% de IVA, en Canarias no rige el IVA sino el IGIC (tipo cero (0%) en el IGIC canario para bienes de primera necesidad y exenciones), y en Ceuta y Melilla se liquida el IPSI según ordenanza local.
Ejemplos prácticos de cálculo
A continuación tienes 3 ejemplos prácticos calculados para el arroz aplicando el 4% de IVA (superreducido):
- 1. Añadir el 4% a un importe neto habitual (1,35 €): Si el precio sin IVA es de 1,35 €, sumamos 0,05 € de IVA (4%) y obtenemos un precio final de 1,40 €.
- 2. Compra o facturación múltiple (6,75 € sin IVA): Sobre una base imponible de 6,75 €, la cuota de IVA asciende a +0,27 €, dando un total de 7,02 €.
- 3. Quitar/desglosar el 4% desde un precio final de 2,70 € (IVA incluido): Dividiendo 2,70 € entre 1.04 obtenemos una base imponible de 2,60 € y un IVA incluido de 0,10 €.
Tabla de desglose para importes habituales
A continuación se muestra una tabla con importes representativos aplicando el 4% de IVA:
| Base imponible (sin IVA) | Tipo aplicable | Cuota de IVA | Precio total (con IVA) |
|---|---|---|---|
| 0,14 € | 4% | +0,01 € | 0,15 € |
| 0,27 € | 4% | +0,01 € | 0,28 € |
| 0,68 € | 4% | +0,03 € | 0,71 € |
| 1,35 € | 4% | +0,05 € | 1,40 € |
| 2,70 € | 4% | +0,11 € | 2,81 € |
| 6,75 € | 4% | +0,27 € | 7,02 € |
| 13,50 € | 4% | +0,54 € | 14,04 € |
Cómo calcular el 4% de IVA paso a paso
Para aplicar este tipo impositivo a cualquier importe neto:
Por ejemplo, para una base de 1,35 €: 1,35 × 1.04 = 1,40 €.
Cómo quitar o desglosar el 4% de IVA de un precio final
Si ya conoces el precio con IVA incluido y deseas conocer la base antes de impuestos, no debes restar el porcentaje directamente. Debes dividir el total entre uno más el tipo:
Para un precio final de 1,40 €: 1,40 ÷ 1.04 = 1,35 € (IVA correspondiente: 0,05 €).
Preguntas frecuentes sobre el IVA de este producto o servicio
¿El arroz ecológico o el arroz basmati tienen el 4%?
Sí, todas las variedades de arroz en grano tributan al 4% superreducido.
¿Cómo quitar el 4% de IVA de el arroz si el precio ya tiene IVA incluido?
No debes restar el 4% directamente. Divide el precio final con IVA entre 1.04. Por ejemplo, para un importe de 1,40 € IVA incluido en el arroz, la base sin IVA es 1,35 € (1,40 € ÷ 1.04) y el IVA es 0,05 €.
¿Qué artículo de la Ley regula el IVA de el arroz en España?
El tratamiento tributario de el arroz (4% superreducido) está regulado en: Ley 37/1992 del IVA, artículo 91.Dos.1.1º.
Fuentes oficiales y normativa tributaria
Información contrastada con organismos oficiales y legislación tributaria estatal: