¿Qué IVA tiene el alquiler de vivienda habitual en España?
El alquiler de inmuebles destinados exclusivamente a vivienda habitual está 100% exento de IVA.
Calculadora de IVA: Alquiler de vivienda habitual en España (0%)
Calculadora preconfigurada al 0% de IVA con un ejemplo de 850,00 € (puedes cambiar el importe o elegir «Quitar IVA»):
Explicación fiscal y encuadre legal
El artículo 20.Uno.23º de la Ley del IVA establece la exención total de IVA para los arrendamientos de edificios o partes de los mismos destinados exclusivamente a viviendas, incluidos garajes y trasteros anexos que se arrienden conjuntamente.
En la práctica documental, al facturar o abonar un importe de referencia como 850,00 € por el alquiler de vivienda habitual, no se repercute cuota adicional de IVA (cuota 0,00 €), debiendo dejar constancia expresa en el documento o recibo del precepto aplicable (Ley 37/1992 del IVA, artículo 20.Uno.23º.).
Comparativa fiscal con consultas relacionadas de iva de vivienda
Para evitar errores al clasificar el alquiler de vivienda habitual (0% exento), conviene contrastar su tratamiento en la Ley del IVA frente a otros conceptos próximos:
- Una Vivienda Protegida VPO: tributa al 4% (Superreducido) — Las viviendas de protección oficial (VPO) de régimen especial o de promoción pública tributan al 4% de IVA superreducido.
- Cambiar e Instalar Ventanas en una Casa: tributa al 10% (Reducido) — La instalación de ventanas de PVC o aluminio puede tributar al 10% o 21% según el coste de los materiales.
- Comprar una Vivienda de Segunda Mano: tributa al 0% (Exento) — La compra de una vivienda usada o de segunda mano entre particulares está exenta de IVA en España (se paga ITP).
Casos especiales y excepciones
Requisitos de facturación y desglose: Para justificar o deducir el gasto de el alquiler de vivienda habitual ante la Agencia Tributaria cuando esté afecto a una actividad económica, es imprescindible conservar la factura completa con el NIF del emisor y del destinatario y la cuota del 0% desglosada (Ley 37/1992 del IVA, artículo 20.Uno.23º.).
Aplicación en Canarias, Ceuta y Melilla: Mientras que en la Península e Islas Baleares el alquiler de vivienda habitual aplica el 0% de IVA, en Canarias no rige el IVA sino el IGIC (tipo cero (0%) en el IGIC canario para bienes de primera necesidad y exenciones), y en Ceuta y Melilla se liquida el IPSI según ordenanza local.
Ejemplos prácticos de cálculo
Ejemplos reales de liquidación para el alquiler de vivienda habitual (operación al 0% / exenta):
- Operación individual (850,00 €): Base = 850,00 € · IVA (0%) = 0,00 € · Total a pagar = 850,00 €.
- Presupuesto o acumulado (1.700,00 €): Base = 1.700,00 € · IVA (0%) = 0,00 € · Total exento = 1.700,00 €.
Tabla de desglose para importes habituales
A continuación se muestra una tabla con importes representativos aplicando el 0% de IVA:
| Base imponible (sin IVA) | Tipo aplicable | Cuota de IVA | Precio total (con IVA) |
|---|---|---|---|
| 85,00 € | 0% | +0,00 € | 85,00 € |
| 170,00 € | 0% | +0,00 € | 170,00 € |
| 425,00 € | 0% | +0,00 € | 425,00 € |
| 850,00 € | 0% | +0,00 € | 850,00 € |
| 1.700,00 € | 0% | +0,00 € | 1.700,00 € |
| 4.250,00 € | 0% | +0,00 € | 4.250,00 € |
| 8.500,00 € | 0% | +0,00 € | 8.500,00 € |
Cómo calcular el 0% de IVA paso a paso
Para aplicar este tipo impositivo a cualquier importe neto:
Por ejemplo, para una base de 850,00 €: 850,00 × 1.00 = 850,00 €.
Cómo quitar o desglosar el 0% de IVA de un precio final
Si ya conoces el precio con IVA incluido y deseas conocer la base antes de impuestos, no debes restar el porcentaje directamente. Debes dividir el total entre uno más el tipo:
Para un precio final de 850,00 €: 850,00 ÷ 1.00 = 850,00 € (IVA correspondiente: 0,00 €).
Preguntas frecuentes sobre el IVA de este producto o servicio
¿El casero me puede cobrar IVA en el alquiler de casa?
No. El alquiler de vivienda para residencia particular está exento de IVA.
¿Cómo debe figurar en factura que el alquiler de vivienda habitual no lleva IVA?
En la factura o recibo por el alquiler de vivienda habitual debe indicarse una cuota de IVA del 0% junto con la mención legal correspondiente (Ley 37/1992 del IVA, artículo 20.Uno.23º.).
¿Qué artículo de la Ley regula el IVA de el alquiler de vivienda habitual en España?
El tratamiento tributario de el alquiler de vivienda habitual (0% exento) está regulado en: Ley 37/1992 del IVA, artículo 20.Uno.23º.
Fuentes oficiales y normativa tributaria
Información contrastada con organismos oficiales y legislación tributaria estatal: