IVA de vivienda · Tipo Reducido

¿Qué IVA tiene el alquiler turístico con servicios hoteleros?

✓ Revisado conforme a la Ley del IVA (AEAT / BOE) · Actualizado a 2026-11-01
¿Qué IVA tiene el alquiler turístico con servicios hoteleros?
Respuesta directa

Los apartamentos turísticos que prestan servicios complementarios propios de la hostelería tributan al 10% de IVA reducido.

10% Tipo REDUCIDO
Normativa reguladora en España:
Ley 37/1992 del IVA, artículo 91.Uno.2.2º.

Calculadora de IVA: Alquiler turístico con servicios hoteleros (10%)

Calculadora preconfigurada al 10% de IVA con un ejemplo de 120,00 € (puedes cambiar el importe o elegir «Quitar IVA»):

€
▼
▼
Precio con IVA
132,00 €
Importe del IVA
12,00 €
Base imponible120,00 €
Tipo de IVA10 %
Total132,00 €
El tipo cargado al seleccionar un país es su tipo estándar. Algunos productos y servicios pueden tener tipos distintos.
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Explicación fiscal y encuadre legal

Si durante la estancia del huésped se ofrecen servicios como limpieza periódica durante la estancia, cambio regular de sábanas o restauración, el alquiler pierde la exención y pasa a tributar al 10% como servicio de alojamiento turístico (art. 91.Uno.2.2º).

En el desglose de un ticket o factura en España por el alquiler turístico con servicios hoteleros sobre un importe neto de referencia de 120,00 €, la cuota tributaria del 10% equivale exactamente a 12,00 €, situando el precio final con IVA incluido en 132,00 € conforme a lo dispuesto en: Ley 37/1992 del IVA, artículo 91.Uno.2.2º.

Comparativa fiscal con consultas relacionadas de iva de vivienda

Para evitar errores al clasificar el alquiler turístico con servicios hoteleros (10% reducido), conviene contrastar su tratamiento en la Ley del IVA frente a otros conceptos próximos:

  • Comprar una Parcela o Terreno Rústico: tributa al 0% (Exento) — La compra de terrenos rústicos está legalmente exenta de IVA en la mayoría de los casos (sujeta a ITP).
  • Una Vivienda Protegida VPO: tributa al 4% (Superreducido) — Las viviendas de protección oficial (VPO) de régimen especial o de promoción pública tributan al 4% de IVA superreducido.
  • Comprar una Vivienda Nueva: tributa al 10% (Reducido) — La compra de una vivienda nueva a promotora tributa al 10% de IVA reducido en España.

Casos especiales y excepciones

Requisitos de facturación y desglose: Para justificar o deducir el gasto de el alquiler turístico con servicios hoteleros ante la Agencia Tributaria cuando esté afecto a una actividad económica, es imprescindible conservar la factura completa con el NIF del emisor y del destinatario y la cuota del 10% desglosada (Ley 37/1992 del IVA, artículo 91.Uno.2.2º.).

Aplicación en Canarias, Ceuta y Melilla: Mientras que en la Península e Islas Baleares el alquiler turístico con servicios hoteleros aplica el 10% de IVA, en Canarias no rige el IVA sino el IGIC (tipo reducido del 3% o general del 7% en el IGIC de Canarias), y en Ceuta y Melilla se liquida el IPSI según ordenanza local.

Ejemplos prácticos de cálculo

A continuación tienes 3 ejemplos prácticos calculados para el alquiler turístico con servicios hoteleros aplicando el 10% de IVA (reducido):

  • 1. Añadir el 10% a un importe neto habitual (120,00 €): Si el precio sin IVA es de 120,00 €, sumamos 12,00 € de IVA (10%) y obtenemos un precio final de 132,00 €.
  • 2. Compra o facturación múltiple (600,00 € sin IVA): Sobre una base imponible de 600,00 €, la cuota de IVA asciende a +60,00 €, dando un total de 660,00 €.
  • 3. Quitar/desglosar el 10% desde un precio final de 180,00 € (IVA incluido): Dividiendo 180,00 € entre 1.10 obtenemos una base imponible de 163,64 € y un IVA incluido de 16,36 €.

Tabla de desglose para importes habituales

A continuación se muestra una tabla con importes representativos aplicando el 10% de IVA:

Base imponible (sin IVA) Tipo aplicable Cuota de IVA Precio total (con IVA)
12,00 € 10% +1,20 € 13,20 €
24,00 € 10% +2,40 € 26,40 €
60,00 € 10% +6,00 € 66,00 €
120,00 € 10% +12,00 € 132,00 €
240,00 € 10% +24,00 € 264,00 €
600,00 € 10% +60,00 € 660,00 €
1.200,00 € 10% +120,00 € 1.320,00 €

Cómo calcular el 10% de IVA paso a paso

Para aplicar este tipo impositivo a cualquier importe neto:

Precio final con IVA = Base Imponible × (1 + 0.10)

Por ejemplo, para una base de 120,00 €: 120,00 × 1.10 = 132,00 €.

Cómo quitar o desglosar el 10% de IVA de un precio final

Si ya conoces el precio con IVA incluido y deseas conocer la base antes de impuestos, no debes restar el porcentaje directamente. Debes dividir el total entre uno más el tipo:

Base imponible = Precio con IVA ÷ (1 + 0.10)

Para un precio final de 132,00 €: 132,00 ÷ 1.10 = 120,00 € (IVA correspondiente: 12,00 €).

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Preguntas frecuentes sobre el IVA de este producto o servicio

¿La limpieza antes de la entrada del huésped se considera servicio hotelero?

No, la limpieza final previa o posterior a la salida no se considera servicio complementario propio de la industria hotelera.

¿Cómo quitar el 10% de IVA de el alquiler turístico con servicios hoteleros si el precio ya tiene IVA incluido?

No debes restar el 10% directamente. Divide el precio final con IVA entre 1.10. Por ejemplo, para un importe de 132,00 € IVA incluido en el alquiler turístico con servicios hoteleros, la base sin IVA es 120,00 € (132,00 € ÷ 1.10) y el IVA es 12,00 €.

¿Qué artículo de la Ley regula el IVA de el alquiler turístico con servicios hoteleros en España?

El tratamiento tributario de el alquiler turístico con servicios hoteleros (10% reducido) está regulado en: Ley 37/1992 del IVA, artículo 91.Uno.2.2º.

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Revisado por el Equipo Fiscal de CalcularIVA.site
Contenido verificado y actualizado conforme a la Ley 37/1992 del Impuesto sobre el Valor Añadido, los Reales Decretos-leyes vigentes y la doctrina administrativa vinculante de la Dirección General de Tributos (DGT). Esta guía tiene carácter exclusivamente informativo y didáctico; para la aplicación en casos societarios o inspecciones tributarias, se recomienda contrastar con la normativa oficial de la Agencia Tributaria.
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