¿Qué IVA tiene el alquiler de locales comerciales y oficinas?
El arrendamiento de locales comerciales, naves y oficinas tributa al 21% de IVA general más la correspondiente retención de IRPF.
Calculadora de IVA: Alquiler de locales comerciales y oficinas (21%)
Calculadora preconfigurada al 21% de IVA con un ejemplo de 1.200,00 € (puedes cambiar el importe o elegir «Quitar IVA»):
Explicación fiscal y encuadre legal
El alquiler para uso distinto del de vivienda habitual no goza de exención, tributando al tipo general del 21% de IVA. Además, si el arrendatario es autónomo o sociedad, debe practicar retención de IRPF (habitualmente el 19%).
En el desglose de un ticket o factura en España por el alquiler de locales comerciales y oficinas sobre un importe neto de referencia de 1.200,00 €, la cuota tributaria del 21% equivale exactamente a 252,00 €, situando el precio final con IVA incluido en 1.452,00 € conforme a lo dispuesto en: Ley 37/1992 del IVA, artículo 90.
Comparativa fiscal con consultas relacionadas de iva de vivienda
Para evitar errores al clasificar el alquiler de locales comerciales y oficinas (21% general), conviene contrastar su tratamiento en la Ley del IVA frente a otros conceptos próximos:
- Comprar una Vivienda de Segunda Mano: tributa al 0% (Exento) — La compra de una vivienda usada o de segunda mano entre particulares está exenta de IVA en España (se paga ITP).
- Cambiar e Instalar Ventanas en una Casa: tributa al 10% (Reducido) — La instalación de ventanas de PVC o aluminio puede tributar al 10% o 21% según el coste de los materiales.
- Instalar Aire Acondicionado en Casa: tributa al 21% (General) — La instalación de equipos de aire acondicionado suele tributar al 21% de IVA general en la mayoría de los casos.
Casos especiales y excepciones
Requisitos de facturación y desglose: Para justificar o deducir el gasto de el alquiler de locales comerciales y oficinas ante la Agencia Tributaria cuando esté afecto a una actividad económica, es imprescindible conservar la factura completa con el NIF del emisor y del destinatario y la cuota del 21% desglosada (Ley 37/1992 del IVA, artículo 90.).
Aplicación en Canarias, Ceuta y Melilla: Mientras que en la Península e Islas Baleares el alquiler de locales comerciales y oficinas aplica el 21% de IVA, en Canarias no rige el IVA sino el IGIC (tipo general del 7% en el IGIC de las Islas Canarias), y en Ceuta y Melilla se liquida el IPSI según ordenanza local.
Ejemplos prácticos de cálculo
A continuación tienes 3 ejemplos prácticos calculados para el alquiler de locales comerciales y oficinas aplicando el 21% de IVA (general):
- 1. Añadir el 21% a un importe neto habitual (1.200,00 €): Si el precio sin IVA es de 1.200,00 €, sumamos 252,00 € de IVA (21%) y obtenemos un precio final de 1.452,00 €.
- 2. Compra o facturación múltiple (2.400,00 € sin IVA): Sobre una base imponible de 2.400,00 €, la cuota de IVA asciende a +504,00 €, dando un total de 2.904,00 €.
- 3. Quitar/desglosar el 21% desde un precio final de 1.800,00 € (IVA incluido): Dividiendo 1.800,00 € entre 1.21 obtenemos una base imponible de 1.487,60 € y un IVA incluido de 312,40 €.
Tabla de desglose para importes habituales
A continuación se muestra una tabla con importes representativos aplicando el 21% de IVA:
| Base imponible (sin IVA) | Tipo aplicable | Cuota de IVA | Precio total (con IVA) |
|---|---|---|---|
| 120,00 € | 21% | +25,20 € | 145,20 € |
| 240,00 € | 21% | +50,40 € | 290,40 € |
| 600,00 € | 21% | +126,00 € | 726,00 € |
| 1.200,00 € | 21% | +252,00 € | 1.452,00 € |
| 2.400,00 € | 21% | +504,00 € | 2.904,00 € |
| 6.000,00 € | 21% | +1.260,00 € | 7.260,00 € |
| 12.000,00 € | 21% | +2.520,00 € | 14.520,00 € |
Cómo calcular el 21% de IVA paso a paso
Para aplicar este tipo impositivo a cualquier importe neto:
Por ejemplo, para una base de 1.200,00 €: 1.200,00 × 1.21 = 1.452,00 €.
Cómo quitar o desglosar el 21% de IVA de un precio final
Si ya conoces el precio con IVA incluido y deseas conocer la base antes de impuestos, no debes restar el porcentaje directamente. Debes dividir el total entre uno más el tipo:
Para un precio final de 1.452,00 €: 1.452,00 ÷ 1.21 = 1.200,00 € (IVA correspondiente: 252,00 €).
Preguntas frecuentes sobre el IVA de este producto o servicio
¿El inquilino de un local puede deducirse ese 21%?
Sí, los autónomos y empresas pueden deducirse íntegramente el IVA soportado en el local de su actividad.
¿Cómo quitar el 21% de IVA de el alquiler de locales comerciales y oficinas si el precio ya tiene IVA incluido?
No debes restar el 21% directamente. Divide el precio final con IVA entre 1.21. Por ejemplo, para un importe de 1.452,00 € IVA incluido en el alquiler de locales comerciales y oficinas, la base sin IVA es 1.200,00 € (1.452,00 € ÷ 1.21) y el IVA es 252,00 €.
¿Qué artículo de la Ley regula el IVA de el alquiler de locales comerciales y oficinas en España?
El tratamiento tributario de el alquiler de locales comerciales y oficinas (21% general) está regulado en: Ley 37/1992 del IVA, artículo 90.
Fuentes oficiales y normativa tributaria
Información contrastada con organismos oficiales y legislación tributaria estatal: