¿Qué IVA tienen los traslados sanitarios en ambulancia?
El transporte de enfermos o heridos en ambulancias o vehículos adaptados está exento de IVA.
Calculadora de IVA: Traslados sanitarios en ambulancia (0%)
Calculadora preconfigurada al 0% de IVA con un ejemplo de 120,00 € (puedes cambiar el importe o elegir «Quitar IVA»):
Explicación fiscal y encuadre legal
El artículo 20.Uno.2º de la Ley del IVA declara exento el transporte de personas enfermas o accidentadas en ambulancias acondicionadas especialmente.
En la práctica documental, al facturar o abonar un importe de referencia como 120,00 € por los traslados sanitarios en ambulancia, no se repercute cuota adicional de IVA (cuota 0,00 €), debiendo dejar constancia expresa en el documento o recibo del precepto aplicable (Ley 37/1992 del IVA, artículo 20.Uno.2º.).
Comparativa fiscal con consultas relacionadas de iva de salud
Para evitar errores al clasificar los traslados sanitarios en ambulancia (0% exento), conviene contrastar su tratamiento en la Ley del IVA frente a otros conceptos próximos:
- Las Mascarillas Quirúrgicas y FFP2: tributa al 4% (Superreducido) — Las mascarillas quirúrgicas desechables tributan al 4% de IVA superreducido en España.
- Los Preservativos: tributa al 10% (Reducido) — Los preservativos masculinos y métodos anticonceptivos no medicamentosos tributan al 10% de IVA reducido.
- Las Consultas Médicas y Especialistas: tributa al 0% (Exento) — Las consultas médicas privadas y diagnósticos de salud están 100% exentos de IVA en España.
Casos especiales y excepciones
Requisitos de facturación y desglose: Para justificar o deducir el gasto de los traslados sanitarios en ambulancia ante la Agencia Tributaria cuando esté afecto a una actividad económica, es imprescindible conservar la factura completa con el NIF del emisor y del destinatario y la cuota del 0% desglosada (Ley 37/1992 del IVA, artículo 20.Uno.2º.).
Aplicación en Canarias, Ceuta y Melilla: Mientras que en la Península e Islas Baleares los traslados sanitarios en ambulancia aplica el 0% de IVA, en Canarias no rige el IVA sino el IGIC (tipo cero (0%) en el IGIC canario para bienes de primera necesidad y exenciones), y en Ceuta y Melilla se liquida el IPSI según ordenanza local.
Ejemplos prácticos de cálculo
Ejemplos reales de liquidación para los traslados sanitarios en ambulancia (operación al 0% / exenta):
- Operación individual (120,00 €): Base = 120,00 € · IVA (0%) = 0,00 € · Total a pagar = 120,00 €.
- Presupuesto o acumulado (600,00 €): Base = 600,00 € · IVA (0%) = 0,00 € · Total exento = 600,00 €.
Tabla de desglose para importes habituales
A continuación se muestra una tabla con importes representativos aplicando el 0% de IVA:
| Base imponible (sin IVA) | Tipo aplicable | Cuota de IVA | Precio total (con IVA) |
|---|---|---|---|
| 12,00 € | 0% | +0,00 € | 12,00 € |
| 24,00 € | 0% | +0,00 € | 24,00 € |
| 60,00 € | 0% | +0,00 € | 60,00 € |
| 120,00 € | 0% | +0,00 € | 120,00 € |
| 240,00 € | 0% | +0,00 € | 240,00 € |
| 600,00 € | 0% | +0,00 € | 600,00 € |
| 1.200,00 € | 0% | +0,00 € | 1.200,00 € |
Cómo calcular el 0% de IVA paso a paso
Para aplicar este tipo impositivo a cualquier importe neto:
Por ejemplo, para una base de 120,00 €: 120,00 × 1.00 = 120,00 €.
Cómo quitar o desglosar el 0% de IVA de un precio final
Si ya conoces el precio con IVA incluido y deseas conocer la base antes de impuestos, no debes restar el porcentaje directamente. Debes dividir el total entre uno más el tipo:
Para un precio final de 120,00 €: 120,00 ÷ 1.00 = 120,00 € (IVA correspondiente: 0,00 €).
Preguntas frecuentes sobre el IVA de este producto o servicio
¿Una ambulancia privada para un evento deportivo lleva IVA?
El servicio médico asistencial de la ambulancia goza de la exención sanitaria.
¿Cómo debe figurar en factura que los traslados sanitarios en ambulancia no lleva IVA?
En la factura o recibo por los traslados sanitarios en ambulancia debe indicarse una cuota de IVA del 0% junto con la mención legal correspondiente (Ley 37/1992 del IVA, artículo 20.Uno.2º.).
¿Qué artículo de la Ley regula el IVA de los traslados sanitarios en ambulancia en España?
El tratamiento tributario de los traslados sanitarios en ambulancia (0% exento) está regulado en: Ley 37/1992 del IVA, artículo 20.Uno.2º.
Fuentes oficiales y normativa tributaria
Información contrastada con organismos oficiales y legislación tributaria estatal: