¿Qué IVA tienen los abogados y servicios jurídicos en España?
Los honorarios de abogados y procuradores tributan al 21% de IVA general en España.
Calculadora de IVA: Abogados y servicios jurídicos en España (21%)
Calculadora preconfigurada al 21% de IVA con un ejemplo de 500,00 € (puedes cambiar el importe o elegir «Quitar IVA»):
Explicación fiscal y encuadre legal
Los servicios profesionales independientes de asesoramiento y defensa jurídica están gravados al tipo general del 21% según el artículo 90 de la Ley del IVA.
En el desglose de un ticket o factura en España por los abogados y servicios jurídicos sobre un importe neto de referencia de 500,00 €, la cuota tributaria del 21% equivale exactamente a 105,00 €, situando el precio final con IVA incluido en 605,00 € conforme a lo dispuesto en: Ley 37/1992 del IVA, artículo 90.
Comparativa fiscal con consultas relacionadas de iva de servicios
Para evitar errores al clasificar los abogados y servicios jurídicos (21% general), conviene contrastar su tratamiento en la Ley del IVA frente a otros conceptos próximos:
- Los Billetes de Avión para Vuelos Nacionales: tributa al 10% (Reducido) — Los vuelos de avión dentro del territorio nacional español tributan al 10% de IVA reducido.
- Las Academias de Idiomas: tributa al 0% (Exento) — La enseñanza de idiomas extranjeros en academias está exenta de IVA en España.
- Las Discotecas y Festivales de Música Electrónica: tributa al 21% (General) — Las entradas a discotecas y salas de fiesta con consumición tributan al 21% de IVA general en España.
Casos especiales y excepciones
Si la factura se emite a una empresa o autónomo, además del 21% de IVA debe incluirse la retención de IRPF correspondiente (normalmente el 15%).
Aplicación en Canarias, Ceuta y Melilla: Mientras que en la Península e Islas Baleares los abogados y servicios jurídicos aplica el 21% de IVA, en Canarias no rige el IVA sino el IGIC (tipo general del 7% en el IGIC de las Islas Canarias), y en Ceuta y Melilla se liquida el IPSI según ordenanza local.
Ejemplos prácticos de cálculo
A continuación tienes 3 ejemplos prácticos calculados para los abogados y servicios jurídicos aplicando el 21% de IVA (general):
- 1. Añadir el 21% a un importe neto habitual (500,00 €): Si el precio sin IVA es de 500,00 €, sumamos 105,00 € de IVA (21%) y obtenemos un precio final de 605,00 €.
- 2. Compra o facturación múltiple (1.000,00 € sin IVA): Sobre una base imponible de 1.000,00 €, la cuota de IVA asciende a +210,00 €, dando un total de 1.210,00 €.
- 3. Quitar/desglosar el 21% desde un precio final de 750,00 € (IVA incluido): Dividiendo 750,00 € entre 1.21 obtenemos una base imponible de 619,83 € y un IVA incluido de 130,17 €.
Tabla de desglose para importes habituales
A continuación se muestra una tabla con importes representativos aplicando el 21% de IVA:
| Base imponible (sin IVA) | Tipo aplicable | Cuota de IVA | Precio total (con IVA) |
|---|---|---|---|
| 50,00 € | 21% | +10,50 € | 60,50 € |
| 100,00 € | 21% | +21,00 € | 121,00 € |
| 250,00 € | 21% | +52,50 € | 302,50 € |
| 500,00 € | 21% | +105,00 € | 605,00 € |
| 1.000,00 € | 21% | +210,00 € | 1.210,00 € |
| 2.500,00 € | 21% | +525,00 € | 3.025,00 € |
| 5.000,00 € | 21% | +1.050,00 € | 6.050,00 € |
Cómo calcular el 21% de IVA paso a paso
Para aplicar este tipo impositivo a cualquier importe neto:
Por ejemplo, para una base de 500,00 €: 500,00 × 1.21 = 605,00 €.
Cómo quitar o desglosar el 21% de IVA de un precio final
Si ya conoces el precio con IVA incluido y deseas conocer la base antes de impuestos, no debes restar el porcentaje directamente. Debes dividir el total entre uno más el tipo:
Para un precio final de 605,00 €: 605,00 ÷ 1.21 = 500,00 € (IVA correspondiente: 105,00 €).
Preguntas frecuentes sobre el IVA de este producto o servicio
¿La justicia gratuita o turno de oficio lleva IVA?
La indemnización pública del turno de oficio no está sujeta a IVA.
¿Cómo quitar el 21% de IVA de los abogados y servicios jurídicos si el precio ya tiene IVA incluido?
No debes restar el 21% directamente. Divide el precio final con IVA entre 1.21. Por ejemplo, para un importe de 605,00 € IVA incluido en los abogados y servicios jurídicos, la base sin IVA es 500,00 € (605,00 € ÷ 1.21) y el IVA es 105,00 €.
¿Qué artículo de la Ley regula el IVA de los abogados y servicios jurídicos en España?
El tratamiento tributario de los abogados y servicios jurídicos (21% general) está regulado en: Ley 37/1992 del IVA, artículo 90.
Fuentes oficiales y normativa tributaria
Información contrastada con organismos oficiales y legislación tributaria estatal: