¿Qué IVA tienen los servicios de catering en España?
Los servicios de catering para bodas, comuniones y eventos tributan al 10% de IVA reducido.
Calculadora de IVA: Servicios de catering en España (10%)
Calculadora preconfigurada al 10% de IVA con un ejemplo de 1.200,00 € (puedes cambiar el importe o elegir «Quitar IVA»):
Explicación fiscal y encuadre legal
La preparación y servicio de comidas preparadas prestada por empresas de catering tributa al 10% conforme al artículo 91.Uno.2.2º de la Ley del IVA.
En el desglose de un ticket o factura en España por los servicios de catering sobre un importe neto de referencia de 1.200,00 €, la cuota tributaria del 10% equivale exactamente a 120,00 €, situando el precio final con IVA incluido en 1.320,00 € conforme a lo dispuesto en: Ley 37/1992 del IVA, artículo 91.Uno.2.2º.
Comparativa fiscal con consultas relacionadas de iva de servicios
Para evitar errores al clasificar los servicios de catering (10% reducido), conviene contrastar su tratamiento en la Ley del IVA frente a otros conceptos próximos:
- Los Electricistas e Instalaciones Eléctricas: tributa al 21% (General) — Los trabajos de reparación de cuadros, enchufes y averías eléctricas tributan al 21% de IVA general.
- Pintar una Vivienda o Local: tributa al 21% (General) — Los trabajos de pintura en locales u oficinas tributan al 21% de IVA general, y al 10% reducido en viviendas particulares habitadas.
- Los Restaurantes y Bares: tributa al 10% (Reducido) — Los servicios de comidas y bebidas en restaurantes, bares y cafeterías tributan al 10% de IVA reducido en España.
Casos especiales y excepciones
Requisitos de facturación y desglose: Para justificar o deducir el gasto de los servicios de catering ante la Agencia Tributaria cuando esté afecto a una actividad económica, es imprescindible conservar la factura completa con el NIF del emisor y del destinatario y la cuota del 10% desglosada (Ley 37/1992 del IVA, artículo 91.Uno.2.2º.).
Aplicación en Canarias, Ceuta y Melilla: Mientras que en la Península e Islas Baleares los servicios de catering aplica el 10% de IVA, en Canarias no rige el IVA sino el IGIC (tipo reducido del 3% o general del 7% en el IGIC de Canarias), y en Ceuta y Melilla se liquida el IPSI según ordenanza local.
Ejemplos prácticos de cálculo
A continuación tienes 3 ejemplos prácticos calculados para los servicios de catering aplicando el 10% de IVA (reducido):
- 1. Añadir el 10% a un importe neto habitual (1.200,00 €): Si el precio sin IVA es de 1.200,00 €, sumamos 120,00 € de IVA (10%) y obtenemos un precio final de 1.320,00 €.
- 2. Compra o facturación múltiple (2.400,00 € sin IVA): Sobre una base imponible de 2.400,00 €, la cuota de IVA asciende a +240,00 €, dando un total de 2.640,00 €.
- 3. Quitar/desglosar el 10% desde un precio final de 1.800,00 € (IVA incluido): Dividiendo 1.800,00 € entre 1.10 obtenemos una base imponible de 1.636,36 € y un IVA incluido de 163,64 €.
Tabla de desglose para importes habituales
A continuación se muestra una tabla con importes representativos aplicando el 10% de IVA:
| Base imponible (sin IVA) | Tipo aplicable | Cuota de IVA | Precio total (con IVA) |
|---|---|---|---|
| 120,00 € | 10% | +12,00 € | 132,00 € |
| 240,00 € | 10% | +24,00 € | 264,00 € |
| 600,00 € | 10% | +60,00 € | 660,00 € |
| 1.200,00 € | 10% | +120,00 € | 1.320,00 € |
| 2.400,00 € | 10% | +240,00 € | 2.640,00 € |
| 6.000,00 € | 10% | +600,00 € | 6.600,00 € |
| 12.000,00 € | 10% | +1.200,00 € | 13.200,00 € |
Cómo calcular el 10% de IVA paso a paso
Para aplicar este tipo impositivo a cualquier importe neto:
Por ejemplo, para una base de 1.200,00 €: 1.200,00 × 1.10 = 1.320,00 €.
Cómo quitar o desglosar el 10% de IVA de un precio final
Si ya conoces el precio con IVA incluido y deseas conocer la base antes de impuestos, no debes restar el porcentaje directamente. Debes dividir el total entre uno más el tipo:
Para un precio final de 1.320,00 €: 1.320,00 ÷ 1.10 = 1.200,00 € (IVA correspondiente: 120,00 €).
Preguntas frecuentes sobre el IVA de este producto o servicio
¿El alquiler de vajilla o carpas para la boda paga el 10%?
Si se factura como servicio independiente no hostelero tributa al 21%.
¿Cómo quitar el 10% de IVA de los servicios de catering si el precio ya tiene IVA incluido?
No debes restar el 10% directamente. Divide el precio final con IVA entre 1.10. Por ejemplo, para un importe de 1.320,00 € IVA incluido en los servicios de catering, la base sin IVA es 1.200,00 € (1.320,00 € ÷ 1.10) y el IVA es 120,00 €.
¿Qué artículo de la Ley regula el IVA de los servicios de catering en España?
El tratamiento tributario de los servicios de catering (10% reducido) está regulado en: Ley 37/1992 del IVA, artículo 91.Uno.2.2º.
Fuentes oficiales y normativa tributaria
Información contrastada con organismos oficiales y legislación tributaria estatal: