¿Qué IVA tienen los entrenadores personales en España?
Los servicios de entrenamiento personal y clases individuales tributan al 21% de IVA general.
Calculadora de IVA: Entrenadores personales en España (21%)
Calculadora preconfigurada al 21% de IVA con un ejemplo de 40,00 € (puedes cambiar el importe o elegir «Quitar IVA»):
Explicación fiscal y encuadre legal
El entrenamiento físico personalizado no tiene consideración sanitaria, por lo que está sujeto al 21% de IVA (art. 90).
En el desglose de un ticket o factura en España por los entrenadores personales sobre un importe neto de referencia de 40,00 €, la cuota tributaria del 21% equivale exactamente a 8,40 €, situando el precio final con IVA incluido en 48,40 € conforme a lo dispuesto en: Ley 37/1992 del IVA, artículo 90.
Comparativa fiscal con consultas relacionadas de iva de servicios
Para evitar errores al clasificar los entrenadores personales (21% general), conviene contrastar su tratamiento en la Ley del IVA frente a otros conceptos próximos:
- Las Clases Particulares: tributa al 0% (Exento) — Las clases particulares impartidas por personas físicas sobre materias de planes oficiales están exentas de IVA.
- Los Restaurantes y Bares: tributa al 10% (Reducido) — Los servicios de comidas y bebidas en restaurantes, bares y cafeterías tributan al 10% de IVA reducido en España.
- Las Discotecas y Festivales de Música Electrónica: tributa al 21% (General) — Las entradas a discotecas y salas de fiesta con consumición tributan al 21% de IVA general en España.
Casos especiales y excepciones
Requisitos de facturación y desglose: Para justificar o deducir el gasto de los entrenadores personales ante la Agencia Tributaria cuando esté afecto a una actividad económica, es imprescindible conservar la factura completa con el NIF del emisor y del destinatario y la cuota del 21% desglosada (Ley 37/1992 del IVA, artículo 90.).
Aplicación en Canarias, Ceuta y Melilla: Mientras que en la Península e Islas Baleares los entrenadores personales aplica el 21% de IVA, en Canarias no rige el IVA sino el IGIC (tipo general del 7% en el IGIC de las Islas Canarias), y en Ceuta y Melilla se liquida el IPSI según ordenanza local.
Ejemplos prácticos de cálculo
A continuación tienes 3 ejemplos prácticos calculados para los entrenadores personales aplicando el 21% de IVA (general):
- 1. Añadir el 21% a un importe neto habitual (40,00 €): Si el precio sin IVA es de 40,00 €, sumamos 8,40 € de IVA (21%) y obtenemos un precio final de 48,40 €.
- 2. Compra o facturación múltiple (200,00 € sin IVA): Sobre una base imponible de 200,00 €, la cuota de IVA asciende a +42,00 €, dando un total de 242,00 €.
- 3. Quitar/desglosar el 21% desde un precio final de 60,00 € (IVA incluido): Dividiendo 60,00 € entre 1.21 obtenemos una base imponible de 49,59 € y un IVA incluido de 10,41 €.
Tabla de desglose para importes habituales
A continuación se muestra una tabla con importes representativos aplicando el 21% de IVA:
| Base imponible (sin IVA) | Tipo aplicable | Cuota de IVA | Precio total (con IVA) |
|---|---|---|---|
| 4,00 € | 21% | +0,84 € | 4,84 € |
| 8,00 € | 21% | +1,68 € | 9,68 € |
| 20,00 € | 21% | +4,20 € | 24,20 € |
| 40,00 € | 21% | +8,40 € | 48,40 € |
| 80,00 € | 21% | +16,80 € | 96,80 € |
| 200,00 € | 21% | +42,00 € | 242,00 € |
| 400,00 € | 21% | +84,00 € | 484,00 € |
Cómo calcular el 21% de IVA paso a paso
Para aplicar este tipo impositivo a cualquier importe neto:
Por ejemplo, para una base de 40,00 €: 40,00 × 1.21 = 48,40 €.
Cómo quitar o desglosar el 21% de IVA de un precio final
Si ya conoces el precio con IVA incluido y deseas conocer la base antes de impuestos, no debes restar el porcentaje directamente. Debes dividir el total entre uno más el tipo:
Para un precio final de 48,40 €: 48,40 ÷ 1.21 = 40,00 € (IVA correspondiente: 8,40 €).
Preguntas frecuentes sobre el IVA de este producto o servicio
¿Un fisioterapeuta que entrena fuerza tiene IVA?
Solo los servicios estrictamente curativos o de rehabilitación realizados por fisioterapeutas están exentos de IVA.
¿Cómo quitar el 21% de IVA de los entrenadores personales si el precio ya tiene IVA incluido?
No debes restar el 21% directamente. Divide el precio final con IVA entre 1.21. Por ejemplo, para un importe de 48,40 € IVA incluido en los entrenadores personales, la base sin IVA es 40,00 € (48,40 € ÷ 1.21) y el IVA es 8,40 €.
¿Qué artículo de la Ley regula el IVA de los entrenadores personales en España?
El tratamiento tributario de los entrenadores personales (21% general) está regulado en: Ley 37/1992 del IVA, artículo 90.
Fuentes oficiales y normativa tributaria
Información contrastada con organismos oficiales y legislación tributaria estatal: