¿Qué IVA tienen los periódicos y revistas en España?
Los periódicos diarios y revistas de información tributan al 4% de IVA superreducido tanto en papel como en suscripción digital.
Calculadora de IVA: Periódicos y revistas en España (4%)
Calculadora preconfigurada al 4% de IVA con un ejemplo de 2,00 € (puedes cambiar el importe o elegir «Quitar IVA»):
Explicación fiscal y encuadre legal
El artículo 91.Dos.1.2º de la Ley del IVA aplica el 4% a la prensa escrita y revistas periódicas que no contengan predominantemente publicidad.
En el desglose de un ticket o factura en España por los periódicos y revistas sobre un importe neto de referencia de 2,00 €, la cuota tributaria del 4% equivale exactamente a 0,08 €, situando el precio final con IVA incluido en 2,08 € conforme a lo dispuesto en: Ley 37/1992 del IVA, artículo 91.Dos.1.2º.
Comparativa fiscal con consultas relacionadas de iva de productos
Para evitar errores al clasificar los periódicos y revistas (4% superreducido), conviene contrastar su tratamiento en la Ley del IVA frente a otros conceptos próximos:
- El Café: tributa al 10% (Reducido) — El café en grano, molido o en cápsulas tributa en España al 10% de IVA reducido.
- Los Yogures: tributa al 10% (Reducido) — Los yogures naturales, de sabores y leches fermentadas tributan al 10% de IVA reducido en España.
- Los Huevos: tributa al 4% (Superreducido) — Los huevos de gallina y otras aves destinados al consumo humano tributan al 4% de IVA superreducido en España como alimento de primera necesidad según la Ley del IVA.
Casos especiales y excepciones
Requisitos de facturación y desglose: Para justificar o deducir el gasto de los periódicos y revistas ante la Agencia Tributaria cuando esté afecto a una actividad económica, es imprescindible conservar la factura completa con el NIF del emisor y del destinatario y la cuota del 4% desglosada (Ley 37/1992 del IVA, artículo 91.Dos.1.2º.).
Aplicación en Canarias, Ceuta y Melilla: Mientras que en la Península e Islas Baleares los periódicos y revistas aplica el 4% de IVA, en Canarias no rige el IVA sino el IGIC (tipo cero (0%) en el IGIC canario para bienes de primera necesidad y exenciones), y en Ceuta y Melilla se liquida el IPSI según ordenanza local.
Ejemplos prácticos de cálculo
A continuación tienes 3 ejemplos prácticos calculados para los periódicos y revistas aplicando el 4% de IVA (superreducido):
- 1. Añadir el 4% a un importe neto habitual (2,00 €): Si el precio sin IVA es de 2,00 €, sumamos 0,08 € de IVA (4%) y obtenemos un precio final de 2,08 €.
- 2. Compra o facturación múltiple (10,00 € sin IVA): Sobre una base imponible de 10,00 €, la cuota de IVA asciende a +0,40 €, dando un total de 10,40 €.
- 3. Quitar/desglosar el 4% desde un precio final de 4,00 € (IVA incluido): Dividiendo 4,00 € entre 1.04 obtenemos una base imponible de 3,85 € y un IVA incluido de 0,15 €.
Tabla de desglose para importes habituales
A continuación se muestra una tabla con importes representativos aplicando el 4% de IVA:
| Base imponible (sin IVA) | Tipo aplicable | Cuota de IVA | Precio total (con IVA) |
|---|---|---|---|
| 0,20 € | 4% | +0,01 € | 0,21 € |
| 0,40 € | 4% | +0,02 € | 0,42 € |
| 1,00 € | 4% | +0,04 € | 1,04 € |
| 2,00 € | 4% | +0,08 € | 2,08 € |
| 4,00 € | 4% | +0,16 € | 4,16 € |
| 10,00 € | 4% | +0,40 € | 10,40 € |
| 20,00 € | 4% | +0,80 € | 20,80 € |
Cómo calcular el 4% de IVA paso a paso
Para aplicar este tipo impositivo a cualquier importe neto:
Por ejemplo, para una base de 2,00 €: 2,00 × 1.04 = 2,08 €.
Cómo quitar o desglosar el 4% de IVA de un precio final
Si ya conoces el precio con IVA incluido y deseas conocer la base antes de impuestos, no debes restar el porcentaje directamente. Debes dividir el total entre uno más el tipo:
Para un precio final de 2,08 €: 2,08 ÷ 1.04 = 2,00 € (IVA correspondiente: 0,08 €).
Preguntas frecuentes sobre el IVA de este producto o servicio
¿Las suscripciones a diarios digitales tienen el 4%?
Sí, las suscripciones digitales a prensa pagan el 4% superreducido.
¿Cómo quitar el 4% de IVA de los periódicos y revistas si el precio ya tiene IVA incluido?
No debes restar el 4% directamente. Divide el precio final con IVA entre 1.04. Por ejemplo, para un importe de 2,08 € IVA incluido en los periódicos y revistas, la base sin IVA es 2,00 € (2,08 € ÷ 1.04) y el IVA es 0,08 €.
¿Qué artículo de la Ley regula el IVA de los periódicos y revistas en España?
El tratamiento tributario de los periódicos y revistas (4% superreducido) está regulado en: Ley 37/1992 del IVA, artículo 91.Dos.1.2º.
Fuentes oficiales y normativa tributaria
Información contrastada con organismos oficiales y legislación tributaria estatal: